Las NIIF para pequeñas y medianas empresas
Como es de público conocimiento,
en julio de 2009 el International Accounting Standards Board (IASB) emitió un
estándar para la preparación y presentación de reportes financieros de pequeñas
y medianas entidades o pymes.
El término pyme posee diferentes
acepciones de acuerdo dónde se lo invoque. Pero en el ámbito de las Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF), su uso difiere
sustancialmente de las definiciones habituales, basadas en el tamaño (activos,
ventas, empleados, etc.).
En la sección n° 1 de la norma se
define que se considerarán pymes -a efectos contables; entiéndase- a las
entidades que satisfagan conjuntamente dos requisitos:
- no tengan obligación pública de rendir cuentas;
- deban publicar estados financieros con propósito de información general para usuarios externos.
Generalmente, se ha hecho
hincapié en el concepto de obligación pública de rendir cuentas (public
accountability), entendiéndose que "cuanto más amplio sea el grupo de
terceros al que una entidad puede afectar financieramente, más lejos se
encuentra esta entidad de ser una pyme a efectos contables". Por ello,
aquellas entidades que recurren al ahorro público para conformar su estructura
de financiación (entidades listadas en mercados de capitales, bancos,
aseguradoras) son entidades de interés público o "con obligación pública
de rendir cuentas".
Pero me gustaría detenerme en el
segundo de los requisitos anteriormente enunciados y analizar el concepto de
estados financieros con propósito de información general.
En la norma para pymes se indica
que "los estados financieros con propósito de información general son los
que pretenden atender las necesidades generales de información financiera de un
amplio espectro de usuarios". No obstante, no debe creerse que los estados
financieros cubrirán las necesidades informativas de todos los usuarios.
En el marco conceptual del IASB
(2010) se dedica una sección al concepto de información financiera con
propósitos generales, señalándose que su objetivo es proporcionar información
financiera sobre la entidad que informa que sea útil a los inversores,
prestamistas y otros acreedores existentes y potenciales para tomar decisiones
sobre el suministro de recursos a la entidad. Es decir, se adopta la
perspectiva de los inversores y prestamistas (actuales o potenciales), enfoque
que ya había sido defendido por el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera
de Estados Unidos (FASB), en su Statement of Financial Accounting Concepts
(SFAC) n° 1 de 1978.
El proceso de emisión de la NIIF
para las pymes nos lleva a reflexionar sobre dos temas fundamentales en
contabilidad financiera:
- ¿cuál es el objetivo de los estados financieros? (a través del concepto de información con usos de propósitos generales);
- ¿cuál es el objetivo de la contabilidad financiera como disciplina? (el cual se está reorientando hacia la protección del interés público y la contribución al desarrollo económico).
Mucho se ha hablado acerca de los
beneficios que conllevará la adopción de la NIIF para las pymes a nivel global
(mayor acceso al crédito de las pymes; mejora del costo financiero; mejores
condiciones para el entrenamiento contable), pero me resulta interesante
destacar la importancia de este nuevo estándar internacional para promover la
reflexión acerca del para qué de la contabilidad financiera.
En estos tiempos de vicisitudes y turbulencias
financieras, donde -como ha sucedido en oportunidad de las anteriores crisis
económicas de magnitudes significativas- se ha puesto a la contabilidad
financiera en el banquillo de los acusados, soy un convencido de que la
reflexión se convierte en una antesala absolutamente necesaria a la acción, de
manera que los esfuerzos que en materia de contabilidad financiera se vienen
realizando no se vuelvan torpes, nocivos ni se alejen del sentido que pudieron
tener en algún momento, para -peligrosamente- pasar a carecer de todo sentido.
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